La Asamblea Legislativa aprobó este miércoles una reforma al Código de Trabajo y a la Ley sobre la Compensación Adicional en Efectivo, con la cual se adelanta el inicio del periodo para el pago de aguinaldos tanto en el sector público como en el privado.
Con la modificación, los patronos podrán realizar el desembolso de este beneficio a partir del 20 de octubre, manteniendo como fecha límite el 20 de diciembre de cada año. Hasta ahora, el Código de Trabajo establecía que el pago debía efectuarse entre el 12 y el 20 de diciembre, mientras que en la Ley de Compensación Adicional el plazo llegaba hasta el 23 de diciembre.
El decreto, aprobado con 58 votos de las diferentes fracciones —incluidos diputados de oposición de Arena y Vamos—, fue solicitado con dispensa de trámite por el ministro de Trabajo, Rolando Castro. La medida será opcional para las empresas y entidades públicas, según lo aclararon los legisladores.
El diputado Caleb Navarro, de Nuevas Ideas, explicó que la reforma busca dar flexibilidad a los patronos para realizar los pagos según su disponibilidad financiera, mientras que la diputada Claudia Ortiz, de Vamos, estimó que la mayoría del sector privado continuará haciendo efectivo el pago en diciembre.
La reforma también actualiza el artículo 200 del Código de Trabajo, precisando que el aguinaldo deberá pagarse dentro del nuevo periodo legal y que la fecha exacta será determinada por cada empleador, sin posibilidad de extenderla más allá del 20 de diciembre. Asimismo, en los casos en que un contrato laboral finalice antes del 20 de octubre, el trabajador deberá recibir el aguinaldo de forma proporcional al tiempo trabajado.
Por su parte, la modificación a la Ley sobre la Compensación Adicional en Efectivo ajusta el calendario de pago de estas compensaciones para el personal de la Fuerza Armada, cuerpos de seguridad, bomberos y empleados civiles y militares del Estado, aplicando el mismo rango de fechas.
Además, los diputados aprobaron la exoneración del impuesto sobre la renta a los aguinaldos de hasta $1,500, beneficio que también cubrirá las compensaciones adicionales de los empleados públicos. La exención entrará en vigor al publicarse en el Diario Oficial, mientras que las reformas al calendario de pago lo harán ocho días después de su publicación.