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Con todos los votos de los diputados de la Asamblea Legislativa, este 14 de marzo se declaró estado de emergencia nacional por la pandemia de COVID-19 o coronavirus.

El decreto de la Ley de Estado de Emergencia Nacional de la Pandemia por Codiv-19 fue presentado por iniciativa del presidente de la República, Nayib Bukele. Esta medida durará 30 días y puede ser prorrogado siempre y cuando la Asamblea vuelva a votar por este.

Pero ¿qué implica el estado de emergencia nacional?

  • Establece la limitación en la circulación de las personas que puedan ser portadoras del Conavid-19 en su ingreso y dentro del territorio;
  • Permite que el Ministerio de Salud envíe a las personas a cuarentenas obligatorias;
  • La suspensión de clases académicas se extiende a 30 días (y ya no a 21 días como se ordenó al principio);
  • El gobierno puede utilizar fondos de instituciones del Ejecutivo para luchar contra la enfermedad y lo habilita para solicitar ayuda internacional;
  • Los hospitales privados podrán prestar servicios de salud para la atención de la cuarentena, para tal efecto deberán informar a la autoridad competente dichos casos;
  • No podrán ser objeto de despido todo trabajador que se someta a cuarentena por Covid-19, ordenada por el Ministerio de Salud. En este caso también se incluyen a todas las personas imposibilitadas de regresar al lugar del trabajo por las restricciones migratorias o sanitarias decretadas en el país o en el extranjero, y tampoco podrán ser objeto de descuentos en ambas medidas;
  • Se suspende por un plazo de 30 días los términos y plazos legales concedidos a los particulares y a los entes de la administración pública en los procedimientos administrativos y judiciales en que participan. «No incurrirán en incumplimientos, en obligaciones contractuales y penalidades civiles y mercantiles afectados por medidas del decreto”, agrega esta medida;
  • Las transferencias entre distintas instituciones estatales para atender la emergencia «serán conocidas con carácter de urgencia por la Asamblea Legislativa»;
  • Se autoriza al Órgano Ejecutivo y a las municipalidades a realizar contrataciones directivas según lo dispuesto en el artículo 72 literal b de la Ley LACAP.

Actualmente, El Salvador no cuenta con casos sospechosos o confirmados del nuevo coronavirus; de hecho, somos uno de los dos países de Centroamérica que aún no cuenta con personas afectadas y de los pocos que quedan a nivel de América Latina. Sin embargo, el Gobierno central ha tenido a bien tomar desde ya medidas drásticas para evitar la entrada o, en todo caso, que al entrar su impacto no sea tan grande.

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