La Asamblea Legislativa aprobó este miércoles disposiciones transitorias que permiten realizar de forma anticipada el pago de la “pensión de Navidad” y las pensiones alimenticias, manteniendo los plazos legales establecidos por la normativa vigente.
El decreto autoriza que los pensionados del sistema público y privado puedan recibir la pensión de Navidad desde la vigencia del decreto hasta el 5 de diciembre de 2025. Según la Ley Integral del Sistema de Pensiones, este beneficio equivale a la mitad de la pensión mensual y debe pagarse en los primeros cinco días hábiles de diciembre.
Asimismo, se establece que las pensiones alimenticias podrán cancelarse desde la vigencia del decreto hasta el 1 de diciembre de 2025, en cumplimiento del decreto 140 de 1997, que obliga a instituciones públicas y privadas a retener el 30 % del aguinaldo de los empleados con dicha responsabilidad.
El diputado de Nuevas Ideas, Raúl Chamagua, explicó que los montos y criterios de cálculo se mantienen según lo dispuesto en las leyes vigentes y destacó que el pago anticipado de estos beneficios contribuye a dinamizar la economía nacional durante la temporada de fin de año.