La Asamblea Legislativa aprobó con 58 votos, una reforma a la “Ley especial transitoria para la legalización del dominio de inmuebles a favor del Estado en el Ramo de Educación”, con el objetivo de agilizar el proceso de legalización de más de mil propiedades a favor del Ministerio de Educación y Tecnología (Mineduc).
La reforma modifica la ley original, que fue aprobada en 2015, ampliando su alcance no solo a los terrenos donde operan centros educativos, sino también a aquellos inmuebles de interés del Ministerio, sean estos propiedad de personas naturales o jurídicas, tanto públicas como privadas. Esta nueva disposición fue incluida en el artículo 2 de la ley, cuya vigencia se extendió por cinco años adicionales, hasta 2030.
La diputada Evelyn Merlos, de Nuevas Ideas, destacó que, gracias a la ley vigente, ya se han legalizado 1,976 inmuebles que albergan 1,618 centros educativos. Sin embargo, aún existen 1,636 propiedades que requieren ser legalizadas, las cuales están vinculadas a 1,232 centros educativos que operan en terrenos no registrados a nombre del Ministerio. Merlos rechazó que este proceso se trate de una expropiación, sino más bien de una medida para regularizar los bienes necesarios para la educación en el país.
Modificaciones clave de la reforma
La reforma también amplía las disposiciones para incluir propiedades que estén hipotecadas o bajo proceso de legalización por parte del Instituto Salvadoreño de Transformación Agraria (ISTA). Esta modificación elimina la exclusión que antes aplicaba a estos casos, según lo estipulado en el artículo 4 de la ley original.
Además, establece que la Dirección de Legalización de la Propiedad (DLP) del Ministerio de Vivienda, a solicitud del Ministerio de Educación, llevará a cabo los levantamientos topográficos de los inmuebles que el Ministerio considere de interés. Estos serán luego presentados al Centro Nacional de Registros (CNR) para su revisión y eventual resolución favorable.
Otra modificación importante es que el proceso para la publicación de los inmuebles en el Diario Oficial, en caso de que terceros se opongan a la legalización, se reduce de dos a una sola publicación. Además, el plazo para que los ciudadanos presenten objeciones será de 60 días, y el listado también se publicará en el sitio web del Ministerio de Educación.
Proceso de legalización simplificado
La reforma simplifica el procedimiento para que el Ministerio de Educación pueda titular sus derechos sobre inmuebles sin título de dominio escrito. En estos casos, el proceso se realizará mediante un procedimiento abreviado ante un juez competente o notario, siempre que se cumpla con la condición de que la posesión del inmueble haya sido pacífica durante al menos siete años.
Si el inmueble es poseído por otra persona, basta con una declaración jurada emitida por el titular o una persona delegada para probar la posesión. El proceso se lleva a cabo con la intervención de un notario, quien citará a las partes involucradas y realizará una inspección del inmueble con un perito. En casos de propiedad compartida (proindivisos), el proceso se realizará de forma distinta, involucrando a los copropietarios y los colindantes.
Esta reforma busca dar un paso significativo en la regularización de propiedades para el Ministerio de Educación, facilitando la legalización de los inmuebles en los que se desarrollan actividades educativas y garantizando que estos terrenos estén debidamente registrados a favor del Estado.