La Asamblea Legislativa aprobó este miércoles, con 54 votos a favor y dispensa de trámites, ocho reformas a la Ley Bitcoin, modificando el uso del bitcoin en el país y respondiendo a un acuerdo entre el gobierno y el Fondo Monetario Internacional (FMI) anunciado en diciembre del año pasado.

Las reformas, que fueron propuestas por el presidente Nayib Bukele a través de la ministra de Turismo y encargada del Ministerio de Economía, Morena Valdez, buscan asegurar una «mejor aplicabilidad» de la ley, garantizando su eficacia y permanencia como curso legal mientras se facilita su implementación.

Principales reformas aprobadas:

  1. El artículo 1 de la Ley Bitcoin fue reformado para eliminar la palabra “moneda” y el carácter “irrestricto”, y se añadió la frase «aceptación voluntaria». Esto establece que el bitcoin podrá ser aceptado de forma voluntaria por personas y empresas, eliminando la obligatoriedad de su uso en pagos.
  2. El artículo 3 fue reformado para especificar que «todo precio podrá ser convertido en Bitcoin», con lo cual se facilita su uso en transacciones comerciales.
  3. El artículo 5 fue reformado para garantizar que las transacciones en bitcoin no estén sujetas a impuestos sobre la ganancia de capital.
  4. En el artículo 7 se estableció que únicamente las personas naturales o jurídicas de participación privada podrán aceptar bitcoin como forma de pago, sin que el Estado esté involucrado en estas transacciones.
  5. La reforma del artículo 12 asegura que las obligaciones monetarias del Estado, tanto internas como externas, se pagarán en las monedas en las que fueron contraídas, es decir, no se aceptará bitcoin para el pago de estas deudas.
  6. Se derogaron los artículos 4, 8 y 9, que antes obligaban al Estado a aceptar bitcoin para el pago de tributos, promover la capacitación y mecanismos de uso del bitcoin, y facilitar la conversión automática de bitcoin a dólares.

Con estas reformas, el gobierno busca hacer más eficiente el uso de bitcoin, manteniendo su carácter legal como moneda, pero sin imponer su uso forzoso en transacciones del sector público ni en el pago de impuestos.

La reforma entrará en vigor 90 días después de su publicación en el Diario Oficial.

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