Expectantes se mantiene la población salvadoreña ante las reformas constitucionales que se vienen a la Carta Magna en esta próxima legislatura. Luego de aprobar con 66 votos, la reforma al artículo 248, para que una misma legislatura apruebe y ratifique una reforma a nuestra Ley Suprema.
“La reforma de esta Constitución podrá acordarse por la Asamblea Legislativa, con el voto de la mitad más uno de los diputados electos. Para que tal reforma pueda decretarse deberá ser ratificada por la siguiente Asamblea Legislativa con el voto de los dos tercios o por la misma Asamblea Legislativa con el voto de las tres cuartas partes de los diputados electos”.
Es así como rezará el segundo inciso del art. 248 de la Constitución de la República luego que los diputados de Nuevas Ideas y aliados aprobaran con dispensa de trámite la pieza de correspondencia con la reforma de este artículo.
Actualmente el art. 248 de la constitución de 1983 dice que:
“La reforma de esta Constitución podrá acordarse por la Asamblea Legislativa, con el voto de la mitad más uno de los Diputados electos. Para que tal reforma pueda decretarse deberá ser ratificada por la siguiente Asamblea Legislativa con el voto de los dos tercios de los Diputados electos. Así ratificada, se emitirá el decreto correspondiente, el cual se mandará a publicar en el Diario Oficial”.
El fin de la reforma del artículo 248 es que una misma legislatura pueda ratificar una reforma que esta misma haya propuesto. Es decir, que un mismo pleno podrá proponer un cambio constitucional, aprobarlo y ratificarlo.
Previo a la aprobación de la reforma de este artículo, el debate se hizo presente en el pleno, con cuestionamientos, aclaraciones y señalamientos los discursos a favor y en contra no se hicieron esperar.
De acuerdo a los diputados, los requisitos para poder hacer una propuesta para reformar la Constitución de la República continúan siendo los mismos:
– Presentarse por un mínimo de 10 diputados.
– Aprobarse con el voto de la mitad más uno de los diputados.
– Ratificarse en la misma legislatura con el voto de las tres cuartas partes (este es el cambio).
– O ratificarse en la siguiente legislatura con dos tercios de los diputados.
Redacción: Luis Escobar.