Los diputados de la Comisión de Legislación acordaron este 11 de noviembre reformar el Código Penal para tipificar como delito el «tocamiento» impúdico», esto luego que los parlamentarios y población en general protestara por la resolución de la Cámara Primera de lo Penal que favoreció al magistrado Jaime Escalante, acusado de agredir sexualmente a una menor de 10 años.

Asimismo, la Comisión decidió derogar el numeral 4 del artículo 392, que tipifica el tocamiento solo como una «falta». De acuerdo al dictamen aprobado, el tocamiento impúdico a menores de 15 años podrá ser castigado con penas de entre ocho a doce años de cárcel (se reforma el art. 161).

Cabe destacar que dicha ley también se aplicará para víctimas mayores de edad, pero las penas más grandes son para aquellos que agredan a niños y niñas.

Los diputados también incorporaron el artículo 174-B, el cual trata sobre la inhabilitación a funcionarios y empleados públicos que cometen tocamiento contra menores.

 

«No sentimos satisfechos por esta redacción que logramos en conjunto con todos los grupos parlamentarios y tuvo la votación unánime», expresó la diputada Marcela Villatoro del partido ARENA.

Se espera que todas las reformas sean aprobadas en la sesión plenaria de esta semana.

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