Las Asociaciones Comunales o ADESCOS deberán cumplir con nuevos requisitos desde su registro hasta su funcionamiento, según reformas al Código Municipal impulsadas por el gobierno. El artículo 121-A fue sustituido para establecer un nuevo marco regulatorio con fiscalización permanente y riesgo de cancelación.

Entre las principales obligaciones destacan que las ADESCOS deberán inscribirse cada enero en el Registro de Asociaciones Comunales (RAC) del CNR, presentar la nómina certificada de miembros y llevar contabilidad formal cuando su activo supere los $12,000. También deberán presentar estados financieros al cierre de cada ejercicio económico y el dictamen de auditor correspondiente.

Además, la junta directiva deberá inscribirse en el RAC con vigencia de dos años, así como cualquier modificación de nombramientos. Las asociaciones también deberán registrar cambios a estatutos, otorgamiento o revocatoria de poderes, y acuerdos de disolución o cancelación avalados por el Concejo Municipal.

Las ADESCOS tendrán obligación de cumplir con normativa tributaria y medidas relacionadas con prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Asimismo, deberán obtener anualmente un certificado de cumplimiento registral; si no lo poseen durante cinco años consecutivos, serán disueltas.

Sin este certificado vigente, no podrán recibir fondos públicos ni inscribir documentos en el CNR. Además, cualquier entidad pública o privada deberá exigirlo para otorgar créditos, fianzas, incentivos o servicios.

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