En un caso sin precedentes, la Sala de lo Constitucional ha admitido un Hábeas Corpus interpuesto por una niña de 10 años en favor de su mamá que se encuentra detenida en las bartolinas de San Vicente, para que sea liberada y pueda cuidar de ella y sus dos hermanitos.

La señora ha sido identificada solo como A.B. y fue su propia hija quien envió la petición a la Sala por medio de un correo electrónico.

En la resolución, el máximo tribunal de justicia señala que la niña sostiene que el Juez de Primera Instancia de San Sebastián, San Vicente, no ha celebrado la audiencia especial porque la sede judicial está cerrada debido a la pandemia del Covid-19 y que los delitos que le atribuyen a su madre “no son graves”. Está detenida por los delitos de “daños y lesiones graves”, se desconoce contra quién.

A.B. tiene otros dos hijos, de 8 y 2 años, y ella es la única que vela por los tres, y pese a que los delitos que se le atribuyen “no son graves”, permanece detenida en las bartolinas policiales.

La Sala de lo Constitucional explicó que la aceptación de la petición se basa en los artículos 5 y 6 de la Ley Integral de la Niñez y la Adolescencia (LEPINA), en donde se establece que todos los niños son sujetos de plenos derechos, entre ellos el de acceso a la justicia.

Es así que los magistrados resolvieron notificar al Juez de Primera Instancia de San Sebastián para que se pronuncie sobre la vulneración que la niña alega en perjuicio de su madre y ordena verificar el proceso penal y si la medida de detención provisional “se encuentra de acuerdo con los presupuestos procesales con la aplicación de una perspectiva de género, señalados en la jurisprudencia de esta Sala”.

Asimismo, piden que se verifique la condición actual de la señora, respecto a su libertad física, certifique que la resolución que impulsó la detención provisional evaluó su estado de salud y los riesgos que puede generar el Covid-19 en personas que se encuentran en bartolinas policiales.

“A partir de lo propuesto por la peticionaria y considerando que el cuestionamiento está relacionado con un tema de posible vulneración a la libertad personal de la señor A.B., este tribunal estima necesario examinar la posibilidad de decretar una medida precautoria”, añade la Sala.

La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH) y la señora Procuradora General de la República deberán delegar a un profesional para que le brinde asistencia legal y acompañamiento a la niña durante la tramitación de este proceso constitucional.

Todo esto –pidió la Sala- deberá ser informado a la niña en un lenguaje sencillo y sin tanto tecnicismo.

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