Luego ser revisada por el presidente de la República de El Salvador, y haber sido publicada en el Diario Oficial el 2 de marzo, la nueva Ley de Compras Públicas ya está vigente en el país desde el pasado 10 de marzo.
 
Ante esto, las contrataciones públicas actuales se regirán por la derogada Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (Lacap), mientras las instituciones se adaptan a partir del proyecto de ley del presupuesto de 2024.

Por tanto, la Dirección Nacional de Compras Públicas (Dinac)es la que desarrollará, de manera gradual la “implementación tecnológica” de los procesos de compra, como también el nuevo Registro Único de Proveedores del Estado (RUPE), la subasta electrónica y la información a registrarse y publicarse.

La nueva ley obliga a publicar las convocatorias de los procesos de compra, con el monto de contratación, así como las solicitudes y anexos, expediente y evaluación de las impugnaciones, en el Sistema Electrónico de Compras Públicas de El Salvador (Comprasal), cuyo sitio está inhabilitado desde el fin de semana.

Comprasal tendrá su portal electrónico de monitoreo y seguimiento, y será administrado por la Dinac, y pretende “automatizar” los procesos de compra en el Estado.

Según la nueva ley, permite que las instituciones del Estado realicen contratación directa de bienes y servicios si se declara desierta la licitación una vez. A raíz de una observación presidencial, se redujo la condición de dos declaratorias desiertas para dar paso a la contratación directa.

La Ley de Compras Públicas no se aplicará a los proyectos estratégicos de utilidad pública definidos por el Consejo de Ministros y a todas las contrataciones realizadas por la Dirección Nacional de Obras Municipales (DOM).

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