La Asamblea Legislativa aprobó tres decretos que regulan el anticipo de pagos de fin de año, entre ellos los aguinaldos de los trabajadores, las pensiones de Navidad y las pensiones alimenticias de diciembre.

Aguinaldos: reforma permanente

Dos de los decretos, aprobados el 15 de octubre de 2025, reforman de manera permanente el Código de Trabajo y la Ley de Compensación Económica para el Sector Público, estableciendo que los aguinaldos podrán pagarse entre el 20 de octubre y el 20 de diciembre de cada año.
Antes, la ley solo permitía el pago entre el 12 y el 20 de diciembre.
El cambio aplica tanto para el sector público como privado.
El anticipo del aguinaldo es opcional, no obligatorio, pero el Gobierno ya efectuó el pago el 24 de octubre en las instituciones públicas, tras anunciar que cuenta con liquidez suficiente para hacerlo.

Pensiones de Navidad: decreto transitorio

El decreto legislativo 440, aprobado el 29 de octubre de 2025, autoriza de forma opcional y temporal el adelanto del pago de las pensiones de Navidad para los jubilados.
Las instituciones previsionales podrán efectuar el pago desde la entrada en vigencia del decreto hasta el 5 de diciembre de 2025.
Su vigencia es transitoria, y expira el 6 de diciembre de 2025.
El Instituto Salvadoreño de Pensiones (ISP) y las AFP ya anunciaron que harán efectivo el pago este 31 de octubre.

Pensiones alimenticias: decreto transitorio

El mismo decreto 440 permite también adelantar de forma opcional las retenciones de pensiones alimenticias correspondientes a diciembre.
Aunque la ley vigente fija el descuento hasta el 1 de diciembre, ahora puede realizarse desde la publicación del decreto.
Esta disposición también es transitoria y estará vigente hasta el 6 de diciembre de 2025.

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