Con 78 votos, los diputados aprobaron la Ley Especial Transitoria de Incentivos y Tratos Preferenciales Destinados al Favorecimiento de la Repatriación de Salvadoreños, la cual permitirá que los salvadoreños que residen en el extranjero y trasladen su domicilio a El Salvador puedan traer sus bienes y vehículos, una sola vez, sin tener que pagar impuestos.
El valor total del menaje del grupo familiar no deberá superar los $70,000.00. Si el monto es superior tendrán que cancelar solo el excedente de los impuestos establecidos en la Ley Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios.
Además se eximirá del pago de impuestos a los connacionales para que puedan importar dos vehículos automotores livianos para uso particular, familiar o laboral, y en los casos en los que se requiera entregar un récord crediticio para demostrar la capacidad de pago, los interesados podrán presentar su historial crediticio, declaraciones de impuestos o cualquier otro documento que ampare la actividad financiera realizada en el extranjero.
Las personas interesadas en ampararse a los beneficios de la ley deberán ser salvadoreños por nacimiento o naturalización, en este último caso, siempre que la nacionalidad se haya adquirido previo a la entrada en vigencia de la presente Ley y debe residir en cualquier país en el extranjero y manifestar su intención de trasladar su residencia definitiva a El Salvador.
Las condiciones para la importación de vehículos, los connacionales deberán poseer un título de propiedad limpio, es decir, en el que conste que el automotor funciona perfectamente, además deberá conservarse en propiedad al menos un año, transcurrido este tiempo podrá proceder a su enajenación y transferencia.
Se deberá cumplir con las disposiciones establecidas en las Normas para la Importación de Vehículos Automóviles y de Otros Medios de Transporte y en la Ley de Transporte Terrestre Tránsito y Seguridad Vial.