La Asamblea Legislativa aprobó con 76 votos una reforma a los artículos 32 y 34 del Código Procesal Penal, para que los delitos de feminicidios simples y agravados no queden en la impunidad y que los plazos judiciales no caduquen.

También, avalaron con 70 votos el incorporar el artículo 58-A a la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres (LEIV), para reforzar la no caducidad de este tipo de hechos cometidos en contra del sector femenino y para que no queden en la impunidad.

“Antes, el feminicidio prescribía a los 15 años y en los casos en los que se había iniciado la acción penal a los 10. Ahora, el victimario tendrá que responder a la justicia aunque haya transcurrido mucho tiempo del hecho”, comentó la diputada Alexia Rivas.

Una vez admitidas estas modificaciones, El Salvador ingresará a la vanguardia de la imprescriptibilidad de dichos delitos, tal como lo han hecho otros países de Latinoamérica como México, Perú, Bolivia y Brasil.

“Por décadas, en el Salvador la cifra de feminicidios crecía, en 2018 las estadísticas marcaban 225 feminicidios. Las organizaciones dedicadas a la defensa de los derechos de las mujeres solicitaban acciones concretas, pero los viejos gobiernos solo daban pronunciamientos”, dijo la parlamentaria Marcela Pineda.

Según los registros, en el 2021 las autoridades notificaron 80 casos de feminicidio simple; en 2022, 53; y en lo que va de 2023 han sido siete casos.

En el tema de los feminicidios agravados en grado de tentativa, en el 2021 ocurrieron 64 casos; en 2022, 78 asesinatos de esta índole; y en el año en curso, nueve.

“No queremos que ningún caso quede en la impunidad, hay muchas familias que vivieron su luto sin justicia. Las mujeres se deben sentir respaldadas por el trabajo de esta Asamblea”, puntualizó la parlamentaria Norma Lobo.

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