Con 78 votos, aprobaron la nueva Ley “Amor Convertido en Alimento para el Fomento, Protección y Apoyo a la Lactancia Materna”, iniciativa que fue elaborada por el Despacho de la Primera Dama, Gabriela de Bukele, como parte de un trabajo articulado en el que diferentes instituciones que tienen que ver con el tema dieron sus aportes.
#Plenaria74✍? Con 78 votos a favor, emitimos la Ley Amor Convertido en Alimento para el Fomento, Protección y Apoyo a la Lactancia Materna, con el objetivo de garantizar la nutrición segura y suficiente de las nuevas y las futuras generaciones. pic.twitter.com/7GanAMiQy1
— Asamblea Legislativa ?? (@AsambleaSV) September 27, 2022
La normativa completa los esfuerzos del Gobierno para saldar una deuda histórica con la primera infancia, ya que se unifica los diferentes marcos normativos que han sido construidos por el Gabinete de la Primera Dama, y que buscan hacer a los niños sujetos de derechos desde la primera infancia, tal es el caso de la Ley Nacer con Cariño y Crecer Juntos.
Asimismo, se da un salto de calidad de gran envergadura respecto a la ley anterior, puesto que esta se centraba en regular el regreso de la mujer a su puesto de trabajo luego de haber dado a luz y no en hacer valer los derechos de la niñez, las mujeres y sus familias.
La normativa prioriza, por primera vez, el contacto piel con piel entre la madre y su bebé al momento del parto y establece el derecho del niño a recibir lactancia materna durante su primera hora de nacido.
La ley reconoce además, el vínculo único que se forma entre la madre y su bebé al momento de amamantar, y los beneficios de la leche materna al formar aspectos emocionales y cognitivos en el recién nacido, así como fortalecer su sistema digestivo y sus defensas.
La ley estipula, en línea con estudios científicos, que la lactancia materna exclusiva debe darse hasta los seis meses de vida, y la complementaria hasta los dos años, periodo en el que el bebé va incorporando, poco a poco, nuevos alimentos.
Como parte de las condiciones para garantizar la lactancia materna, la ley determina para los patronos y las instituciones, públicas y privadas, la obligatoriedad de instalar salas de la lactancia materna. Los parámetros que estos espacios deberán cumplir quedarán plasmados en el reglamento de la ley, que está siendo elaborado por el Despacho de la Primera Dama.
En estos espacios las madres podrán recolectar su leche y almacenarla en condiciones adecuadas, hasta la finalización de su día laboral. Hasta hoy, este es un proceso que las mujeres han tenido que efectuar en los baños de sus lugares de trabajo, sin condiciones mínimas de higiene para hacerlo.
En caso de las jornadas laborales de ocho horas, queda escrito en la normativa que cada madre en periodo de lactancia, luego de regresar de su maternidad, tendrá derecho a una hora de pausa diaria que utilizará completa o repartida según lo acuerde con su jefe, para extraerse la leche en las salas de lactancia destinadas para ello.
De tener una jornada que exceda las ocho horas, la madre tendrá derecho a una hora más para recolectar su leche.
La rectoría para dirigir, coordinar, autorizar y vigilar el cumplimiento de la ley será del Ministerio de Salud (MINSAL), mientras que el Ministerio de Trabajo y Previsión Social (MTPS) se encargará de supervisar y vigilar el cumplimiento de las obligaciones patronales establecidas.
Durante el estudio de la ley, la Comisión de la Familia recibió los aportes de diferentes instituciones, entre ellas: Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia (CONNA), Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), Asociación de Pediatría de El Salvador (ASOPEDES), Asociación de Neonatología, Colegio Médico, Fundación Salvadoreña para la Salud y el Desarrollo Humano (FUSAL), Ministerio de Salud, Despacho de la Primera Dama, entre otras.