La Asesoría Legal Anticorrupción en El Salvador (ALAC-FUNDE) presentó este viernes una denuncia ante el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) en contra del ministro de Obras Públicas, Romeo Herrera, por declarar como información “reservada” lo referente a contrataciones y adquisiciones formalizadas o adjudicadas en firme.

De acuerdo con la denuncia, Herrera cometió una infracción grave de la letra e) del artículo 76 de la LAIP, consistente en invocar como reservada información que no cumple con las características señaladas en la ley.

“Dicha conducta obedece a que el servidor público denunciado, en acto administrativo de reserva, decidió lo siguiente: declarar reservada la “Expediente de Licitación Pública de bienes, servicios u obras; expedientes de Licitación Pública Internacional; Expediente de Licitación Abierta DR CAFTA, Expedientes de Concurso Público Nacional e Internacional, Expedientes de Contratación Directa, Expedientes de Selección Directa, Expedientes de Consultorías Individuales, Expedientes de Solicitud de propuestas, Expedientes de Libre Gestión y Expedientes de Comparaciones de precios, Expedientes de Solicitud de una sola fuente, según lo establecido en el Art. 19 literales e y h de la LAIP”, reza la denuncia.

Al respecto, el ministro Herrera montó una conferencia de prensa donde justificó la reserva. “Envié una nota el 20 de diciembre del año pasado y se publicó el 7 de enero, allí pedía que fuera reservada. La Ley de Acceso a la Información Pública establece esa información como reservada (…) en la LAIP dice que es información reservada la que contenga opiniones o recomendaciones que formen parte del proceso deliberativo de los servidores públicos, en tanto no sea adoptada la decisión definitiva”, dijo.

Asimismo, dije que “no van a permitir que diferentes empresas puedan tener información antes o durante un proceso de licitación pública” y reiteró que si esa información fue declarada como “reserva”, es porque “podría ser utilizada por terceros y ser amañado el proceso”. Igualmente, el funcionario del Ejecutivo arremetió contra la institución, acusándola de «velar por la transparencia de otros intereses».

Ante esto, Wilson Sandoval, abogado de ALAC-FUNDE, desmintió las declaraciones, publicando los documentos y recalcando que lo que Herrera no proporciona es la información de: contrataciones y adquisiciones formalizadas o adjudicadas en firme, contenidas en el artículo 10 de la LAIP, en su literal 19, la cual es oficiosa.

Precisamente, de la Comisión Evaluadora de Ofertas que mencionó Sandoval, en el informe no se detallan: nombres, cargos y profesión u oficio de los integrantes.

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