Con 78 votos a favor, la Asamblea Legislativa aprobó incluir a la Constitución de la República el derecho al agua y su saneamiento.
Las reformas se hicieron al artículo 2 y 69 de la Constitución. El primero establece que que el agua y su saneamiento es un “derecho humano” y, el segundo, establece que el agua constituye un “bien público”.
Cabe destacar que para que entre en vigencia, la próxima legislatura (2021-2024) debe ratificar las reformas con 56 votos a favor.
«La reforma al artículo 2 y 69 de la Constitución es un gran paso y logro, con la que beneficia a la población salvadoreña… Estamos luchando para que en un determinado momento se emita una Ley de Agua, que venga a fortalecer la distribución equitativa del agua», expresó el diputado Mario Tenorio del partido GANA.
«Esta reforma es muestra de que los 84 diputados podemos y debemos entendernos en beneficio de la ciudadanía, en un tema tan humano y tan sensible como el agua. Esperamos que la próxima legislatura 2021, se pueda ratificar el agua como derecho humano», dijo por su parte el diputado Raúl Beltrhán Bonilla del PCN.
Si bien este es un logro para las organizaciones sociales e iglesias que lucharon tanto para que se reconociera este derecho, hay que destacar que no se logró dejar establecido que el agua debe ser “sin fines de lucro”.
En este sentido, el diputado Jorge Mazariego del PDC dijo: «Este es un tema de gran importancia para el país y para cada salvadoreño, aunque el deseo era que quedará plasmado, en la reforma constitucional, que el agua debe ser sin fines de lucro. Hoy se da el primer paso para que se pueda ratificar el próximo año».
Redacción de artículos reformados:
Art. 2: “Toda persona tiene derecho a la vida, al agua y al saneamiento, a la integridad física y moral, a la libertad, a la seguridad, al trabajo, a la propiedad y posesión, y a ser protegido en la conservación y defensa de los mismos”.
Art. 69: “Es obligación del Estado crear políticas públicas y leyes que garanticen a todos los habitantes el agua salubre, suficiente, accesible y asequible, así como el aprovechamiento y preservación de los recursos hídricos. El agua constituye un bien público”.
