El director ejecutivo de la organización Acción Ciudadana (AC), Eduardo Escobar, interpuso una demanda de amparo ante la Sala de lo Constitucional para que ordene al presidente de la República, Nayib Bukele, desbloquearlo a él y a otras personas de la cuenta oficial de su Twitter.
«Cuando el presidente en su Twitter aplicó a mi cuenta de usuario @esec76 la característica de Bloquear, me impide buscar, encontrar y acceder a información pública o de relevancia pública por él divulgada en dicha red social. Es decir, me niega conocer sus decisiones y ciertos aspectos del desarrollo de su gestión gubernamental que publica por medio de sus tuits y que no es difundida en documentos oficiales», expresó el abogado.
Escobar argumenta que, si bien los usuarios de esta red social tienen la posibilidad de bloquear a otros, el uso que le da el mandatario a su cuenta hace que violente su derecho a la libertad de expresión, derecho de acceso a la información y el derecho a la no discriminación, porque ahí publica anuncios importantes de país, como las restricciones a la movilidad, casos positivos de Covid-19, decretos y vetos ejecutivos, incluso antes de llegar hacer un anuncio oficial en otras plataformas o Diario Oficial.
Ejemplo de lo anterior –indicó- fue el cerco sanitario impuesto en el municipio de la Libertad, pues el presidente lo anunció por Twitter el 17 de abril, pero la publicación en el Diario Oficial fue hasta el 20 de abril.
“En el ámbito político, cada vez es más usual que los gobernantes utilicen las redes sociales para informar sobre sus decisiones, los logros de su gestión, y cualquier otra información que quieran transmitir. Ese uso convierte a las cuentas personales de Twitter de los funcionarios en verdaderos medios que difunden información pública sobre la gestión gubernamental. En ese sentido, la disposición sobre la privacidad de ese tipo de cuentas se ve disminuida, pues, por sus publicaciones, se genera debate social sobre la política, se propician opiniones ciudadanas sobre la gestión gubernamental, lo cual es un discurso especialmente protegido. Habrá que recordar que ese discurso protegido implica que un funcionario no puede censurar a un ciudadano que emita su opinión en redes sociales sobre los asuntos políticos”, reza parte del documento.
El abogado recalca que Bukele usa su cuenta como “funcionario de gobierno” e incluso hace mención que hasta en cuentas de otros funcionarios o instituciones del Ejecutivo reconocen esa realidad, por lo que “no puede impedir que algunas personas leamos sus publicaciones y reaccionemos a lo que escribe, solo porque no le gustan nuestros puntos de vista, porque ese bloqueo serían una discriminación selectiva que violenta el art. 6 y el art. 3 de la Constitución de la República».
“Por ejemplo, en el Twitter de Casa Presidencial del 3 de abril de 2020, a las 3:16 p.m. se publicó un tweet donde se señala que la información que no está publicada en las cuentas oficiales del gobierno o del presidente, no es real”, indicó.
Ante esto, Eduardo Escobar pide a la Sala una medida cautelar a su favor, la cual consista en desbloquear a él y a todas las demás cuentas a las que le haya aplicado dicha característica, mientras dure el presente proceso.
Esta no sería la primera que un mandatario es demandado por esto. El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, el año pasado se enfrentó a varias demandas por bloquear a ciudadanos estadounidenses.
La justicia de EE.UU. consideró inconstitucional dicha acción y le ordenó que ya no puede acallar a los usuarios que piensan distinto, porque eso “atentaría contra la Primera Enmienda, establecida en 1791 con el fin de proteger la libertad de expresión”.
Acción Ciudadana interpuso una demanda de amparo debido al bloqueo de usuarios en Twitter por el @PresidenciaSV @nayibbukele
Cc. @SalaCnalSV https://t.co/a8cFL7Eib2 pic.twitter.com/Go02Y2v7S1— Acción Ciudadana (@CiudadanaAccio1) April 23, 2020