El Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) ha fijado un plazo de 30 días al Ministerio de la Defensa Nacional para hacer una búsqueda de la información sobre el asesinato de Koos Koster, periodista de los Países Bajos, así como a los miembros de su equipo, hecho ocurrido el 12 de marzo de 1982 e incluido en el Informe de la Comisión de la Verdad, en el cual se reconoce  a miembros de la Fuerza Armada como autores directos.

Esta orden es parte de un pronunciamiento del IAIP ante un recurso de apelación presentado el 15 de octubre de 2019 en contra de la resolución emitida por el oficial de información del Ministerio de la Defensa.

Y es que el Ministerio de la Defensa afirmó que dicha información era de carácter inexistente; sin embargo, para el IAIP esa aseveración se enmarca dentro de las restricciones al derecho de acceso a la información pública.

Es así que la institución castrense deberá reunir la información referente al plan de vuelos de los helicópteros (ala rotativa) desde enero a junio de 1982, especificando grado, nombre de tripulación, misión y tiempo de vuelo hacia y desde su despegue de la 4ª. Brigada de Infantería del Paraíso; y el libro de novedades de capitán y cuartel o libro de novedades de la 4ª. Brigada del Batallón Atonal del mismo período mencionado.

Además, el Ministerio deberá buscar información sobre la nómina o planilla del pago de personal de la Fuerza Armada (militar y civil), con nombre completo, cargo y grado que conformaba el Estado Mayor del Batallón Atonal – entre el período de enero a junio de 1982-, con las unidades administrativas correspondientes, incluyendo todos los archivos de las unidades militares que pudieron estar involucradas en las áreas geográficas indicadas durante los períodos de tiempo señalados.

En el caso de no encontrarse la información antes mencionada, Defensa deberá ejecutar diligencias encaminadas a recuperar o reconstruir la información solicitada, las cuales incluyen: 1) recabar datos de las personas que pudieron tener acceso a la información solicitada o de quiénes participaron en todos los niveles en las operaciones o en los hechos alegados; 2) consultar registros históricos pertenecientes a otras instituciones estatales privadas, nacionales e internacionales que pudieran contener información relacionada con la pretensión de la parte apelante.

Caso Koos Koster

El Informe de la Comisión de la Verdad de las Naciones Unidas, de 1993, señala que los periodistas holandeses Koos Koster, Jan Corenlius Kuiper Jop, Hans Lodewijk ter Laag y Johannes Jan Willemsen fueron asesinados por orden del coronel Mario Reyes Mena, excomandante de la Cuarta Brigada de Infantería.

En el análisis de la información directamente relacionada con el asesinato de Koster y los miembros de su equipo, el IAIP hace referencia al contenido del informe de la Comisión de la Verdad,  que señala que este hecho se trató de la eliminación física de periodistas civiles a cargo de fuerzas militares nacionales. Al respecto, señala la resolución: 

“Debe recordarse que incluso la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, ha reconocido el Informe de la Comisión de la Verdad para la determinación de graves violaciones a los derechos humanos ocurridas durante el pasado conflicto armado indicando que: Se advierte en cada uno de los casos establecidos en el informe de la Comisión de la Verdad, un denominador común: la existencia de diversas estructuras de carácter militar, paramilitar e insurgente que conforme al uso de métodos atroces y fuera de todo amparo en el ordenamiento jurídico vigente al momento de conflicto armado salvadoreño-desencadenaron graves violaciones a los derechos humanos fundamentales de la población-”.

Asimismo, se estableció que: “Puede afirmarse, de acuerdo a lo expresado en Informe de la Comisión de la Verdad, que el asesinato de todos los miembros del equipo de periodistas liderado por Koos Koster, constituye una violación a los derechos humanos y también a las leyes y costumbres de guerra; en consecuencia, el presente caso debe recibir el tratamiento jurídico correspondiente al acceso a información relativa a esta especial naturaleza».

Al menos 30 periodistas murieron en El Salvador durante los 12 años de guerra, 4 más desaparecieron y fueron heridos por las balas o las esquirlas de las bombas en las zonas de combate.

Por admin

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *