El presidente del Tribunal de Ética Gubernamental (TEG), Néstor Castaneda, ayer dijo que existe un aviso en contra del presidente de la República, Nayib Bukele, por posible nepotismo pero «el único funcionario público que puede contratar familiares en el Estado es el presidente», ya que «las disposiciones generales del Presupuesto» lo dicen.

«Hay un aviso pero el único funcionario público que puede contratar a parientes es el presidente de la República. El único. Eso está en el artículo 93 de las disposiciones generales del presupuesto y tiene razón”, aseguró Castaneda en el programa radial Pencho y Aída.

El presidente del TEG puso como ejemplo que si el presidente de la República nombra a su ministro de Defensa Nacional, “no va a sacar un concurso público, no va a hacer una licitación, sino que “va a poner una persona con capacidad y lealtad».

“Tienen esa libertad (los mandatarios), lo que sucede es que tienen que respetar ciertos principios, verdad. Si usted, presidente, tiene un hermano economista brillante, ¿por qué no lo va a contratar de asesor? Esa es la disposición, el presidente tiene esa libertad, desde siempre, en cada presupuesto que se aprueba”, agregó.


El actual presidente de El Salvador, Nayib Bukele, tiene familiares trabajando en el gobierno, tal es el caso del titular del INDES, Yamil Bukele, y en este sentido Castaneda explicó que no han hecho nada porque él (Bukele) puede nombrarlo. Asimismo, mencionó el caso del expresidente Mauricio Funes que contrató a su hermano en el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE).

«¿Por qué se sancionó cuando Nayib Bukele era alcalde y no ahora si es la misma situación? Es que ahora es presidente y es la excepción a la regla que hago referencia», indicó, recordando que el ahora mandatario fue multado con 10 salarios mínimos cuando era edil de San Salvador por nombrar a su hermano como presidente del Instituto Municipal de Deportes y Recreación (Imder).

Sin embargo, hay que destacar que para el caso de ministros y viceministros el artículo 161 de la Constitución de la República es clara en prohibirlo.

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