Este 6 de enero, la Sala de lo Constitucional declaró inconstitucional las reformas que la Asamblea Legislativa hizo el 26 de noviembre del año pasado para reorientar fondos a la contrapartida de Fomilenio II, Fodes, veteranos y pago de obligaciones de proveedores del sector privado, esto por no haber consultado con el Ministerio de Hacienda.

«Declárase que el Decreto Legislativo nº 781, aprobado por la Asamblea Legislativa el 26 de noviembre de 2020, es inconstitucional por vicio de forma, por infringir los principios de planificación y equilibrio presupuestario establecidos en el artículo 226 de la Constitución. La razón es que el Órgano Ejecutivo en el ramo de Hacienda no tuvo intervención en la reforma al Decreto Legislativo n° 640», reza el fallo de la Sala.

El pasado 26 de noviembre, los diputados reformaron los artículos 2 y 12 del decreto 640, con el fin de reasignar parte de los fondos, que en un inicio todos (los mil millones) estaban previstos para el Fideicomiso para la recuperación de empresas ($600 millones), $100 millones para el pago de exportadores y $300 millones para el pago de proveedores del Estado. Sin embargo, el presidente Nayib Bukele lo vetó, ya que dijo que se «invadió facultades del Órgano Ejecutivo» con lo respectivo a dirigir las finanzas públicas y “contraviniendo la zona de reserva legal de competencias propias y exclusivas del Ministerio de Hacienda”, además que dichos fondos no existían, pues habían sido ocupados para el Fideicomiso.

Los diputados hicieron las reasignaciones justificando que el mismo Ejecutivo pidió retirar el decreto que contenía ese dinero porque ya no lo utilizarían, además de la urgencia de pagar la contrapartida de FOMILENIO II que el Ejecutivo no ha desembolsado. Precisamente, el 16 de octubre de 2020, en conferencia de prensa, Bukele dijo que el Fideicomiso se financiaría con $600 millones de CETES (Certificados del Tesoro) y ese día fue cuando le pidió al ministro de Hacienda, Alejandro Zelaya, que retirara el pedido del Fideicomiso de la Asamblea Legislativa porque encontraron otras formas para financiar el programa.

Sin embargo, la Sala explicó que no se cumplió con el procedimiento constitucional de la formación de ley en cuanto al equilibrio presupuestario que señala la Carta Magna en su artículo 226, ya que debió consultarlo con el Ejecutivo.

«La propia Asamblea Legislativa ha reconocido que, de manera unilateral, al estudiar la solicitud hecha por el mencionado ministro, la Comisión de Hacienda y Especial del Presupuesto consideró la urgencia de incluir fondos», señalaron los magistrados.

Recalcó que a pesar que en la elaboración original del decreto 640 sí participó el Ejecutivo, los cambios realizados disminuye y suprime dos rubros, «en virtud de los principios de planificación y equilibrio presupuestario, era constitucionalmente requerida la intervención del Órgano Ejecutivo».

La Sala también dedicó un espacio para señalar y hacer una advertencia sobre las afirmaciones del Gobierno central que esos fondos ya no están disponibles: «Eso es independiente de que el Ejecutivo haya gastado sin autorización legislativa las cantidades referidas, es decir, sin seguir el trámite de reforma presupuestaria respectivo, como lo requiere el artículo 131 ordinal 8º de la Constitución”.

Pese a declararlo inconstitucional, los magistrados pidieron a los dos Órganos de Estado «atender con la urgencia que amerita» este tema, «mediante el procedimiento constitucional respectivo, que involucra la intervención del Órgano Ejecutivo y de la Asamblea Legislativa, según las competencias constitucionales que le corresponden a cada uno en materia presupuestaria».

Finalmente, en consecuencia -indicó la Sala- “continúa vigente el aludido decreto legislativo 640”, el cual no tenía las asignaciones a Fodes, veteranos y Fomilenio, y aclara que se debe reformar específicamente el Presupuesto para incorporar los fondos y así el Ejecutivo los tenga a su disposición, ya que los movimientos hechos anteriormente no implicaron dicha acción.

FOMILENIO II

Tras esta declaratoria de inconstitucionalidad, el diputado del PDC, Rodolfo Parker, lamentó el fallo pero dijo que será acatado. Añadió que la Asamblea deberá analizar la resolución para determinar de qué forma se dará cumplimiento a las obligaciones del Gobierno de pagar la contrapartida de Fomilenio II y el FODES.

Cabe destacar que el Gobierno de Nayib Bukele ha dicho que pagarán el FOMILENIO con uno de los decretos complementarios que la Asamblea Legislativa aprobó para el Presupuesto 2021.

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