El estudio “Atención judicial a casos de población LGBTI en El Salvador” elaborado por La Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho (FESPAD), resalta la necesidad de mecanismos legales e institucionales que desde el Estado y en concreto en el sistema judicial, garanticen que personas Lesbianas, Gay, Bisexuales, Trans o Transgénero e Intersex (LGBTI) tengan acceso a la justicia y el derecho a vivir en condiciones de dignidad y respeto.
El estudio contó con el relato de tres casos ejemplarizantes de personas LGBTI, que han sufrido vulneraciones a derechos humanos entre los años 2015–2019 y que si bien han enfrentado procesos judiciales han estado cargados de estigmas, prejuicios de tipo moral y religioso que, en algunos casos, pueden ser utilizados como elementos argumentativos para negar el acceso a la justicia.
La Constitución de la República en su art. 3 reza: “Todas las personas son iguales ante la ley. Para el goce de los derechos civiles no podrán establecerse restricciones que se basen en diferencias de nacionalidad, raza, sexo o religión. No se reconocen empleos ni privilegios hereditarios”.
En el 2015, se modificó el Código Penal Salvadoreño para incluir como homicidios agravados los asesinatos por odio. Según los fiscales, sólo han intentado clasificar tres homicidios de personas LGBTI como delitos de odio y en todos los casos, los jueces desestimaron los cargos y no ha habido condenas por ellos. Cabe destacar que a pesar del esfuerzo, no ha sido suficiente, porque es evidente que las personas LGBTI sufren de otros delitos de violencia homo, lesbo y transfobia y que, ante la falta de una legislación pertinente, no asegura el derecho de acceso a una justicia plena de estas personas.
“Es difícil negar el contexto de violencia generalizada que se vive en el país, las poblaciones LGBTI también son impactadas particularmente por dicho fenómeno, viéndose expuestas a diferentes tipos de violencia, tanto física como psicológica; asimismo, han sido excluidas del goce y ejercicio de sus derechos fundamentales. Los obstáculos para desarrollarse social y económicamente devienen de diferentes aspectos, desde fundamentalismos morales y religiosos, hasta la falta de mecanismos legales e institucionales que desde el Estado no se garantizan el derecho a vivir en condiciones de dignidad y respeto”, explica FESPAD.
Añadido a esto, El Salvador desconoce cuánto es la población LGBTI y, como evidencia de ello, es el manejo diferenciado en las cifras de homicidios por parte de diversas instituciones del Estado. Por ejemplo, la PNC informó que en el 2019 ocurrieron 9 homicidios contra población LGBTI, de ellos 8 correspondieron a mujeres trans, y uno a un hombre gay. Octubre y noviembre fueron los meses más violentos para la población trans; sin embargo, en los registros de la FGR, entre enero y mayo del 2019, no se documentó ningún homicidio contra esta población.
“La discrepancia en las estadísticas de las distintas instituciones del Estado es un indicador de las barreras al acceso a la justicia y del nivel de impunidad que rodea los crímenes cometidos contra la población LGBTI, muchos de los ataques en su contra no son investigados y, además, se ven discriminados y vulnerados por los mismos operadores de justicia, por lo que no existe confianza en la institucionalidad que debe hacer efectivo el derecho fundamental de acceso a la justicia”, indica el informe.
Con respecto a los casos analizados para este estudio, el más representativo es el de Aldo Peña, un hombre trans, a quien agentes policiales le propinaron una golpiza y amenazaron de muerte, hecho en el que Peña casi pierde la visión de su ojo izquierdo. Peña fue revictimizado y aunque logró la condena de 4 de los 7 implicados, durante el desarrollo del caso se evidenció que la justicia no parecía estar al lado de la víctima, sino de los agresores y que por tratarse de agentes policiales, parecía ser que tenían un buen nivel de “credibilidad”.
En términos generales, el informe revela que en los 3 casos analizados se evidenciaron barreras específicas en la búsqueda de su derecho humano de acceso a la justicia, entre las que se percibieron: actitudes negligentes y prejuiciadas de funcionarios y empleados públicos, concepciones estereotipadas que se manifestaron en las investigaciones y decisiones sobre las motivaciones de los delitos, faltas o infracciones basadas en la orientación sexual, identidad y/o expresión de género de la víctima o de la persona procesada.
La falta de una ley de identidad de género en El Salvador, imposibilita que las personas LGBTI puedan ejercer sus derechos fundamentales como educación, servicios de salud, y empleos formales, entre otros.
Los principales obstáculos que las personas LGBTI enfrentan para acceder a la justicia se debe evidentemente a vacíos legales e institucionales.
Además, el poco o nulo desarrollo de leyes, planes, políticas y estrategias en favor de las poblaciones LGBTI, se puede ver viciado por la influencia de sectores conservadores (religiosos o morales) en la sociedad salvadoreña, lo que dificulta los avances en los derechos a nivel legislativo y judicial a favor de esta población.