Con el respaldo de 60 diputados, la Asamblea Legislativa aprobó este jueves un decreto de disposiciones transitorias que permitirá que los docentes nombrados de forma interina pasen a ocupar plazas bajo la Ley de Salarios a partir del 1 de enero de 2027. La medida aplicará a quienes hayan sido designados desde la entrada en vigencia del decreto y hasta el 31 de diciembre de 2026.
La normativa también establece la suspensión, durante todo el año 2026, de la publicación de concursos de plazas vacantes que normalmente deben realizarse en los meses de marzo y junio, conforme a lo establecido en la Ley de la Carrera Docente. Según el Ejecutivo, la decisión responde a la existencia de un número significativo de maestros que actualmente ejercen funciones de manera interina tras haber participado en procesos de selección impulsados por el Ministerio de Educación.
Las “Disposiciones transitorias para la incorporación de docentes interinos para su designación en plazas docentes por Ley de Salarios” contaron con el apoyo de las fracciones de Nuevas Ideas, PCN y PDC, así como de los partidos de oposición Arena y Vamos.
El proceso regular de selección docente contempla que los aspirantes presenten su solicitud y currículum vitae ante el Tribunal Calificador de la Carrera Docente, luego de que las plazas vacantes sean publicadas en un medio de circulación nacional. La ley vigente ordena que estas convocatorias se realicen en marzo para traslados y en junio para nuevos ingresos, reingresos y traslados.
Exclusiones establecidas en el decreto
El decreto aprobado delimita los casos en los que no procederá el nombramiento a una plaza bajo la Ley de Salarios. Quedarán excluidos los docentes interinos que hayan sido seleccionados de forma irregular por los Consejos Directivos Escolares o aquellos sobre quienes existan informes que evidencien inconformidad con su desempeño laboral.
Tampoco podrán acceder al beneficio quienes hayan incurrido en faltas disciplinarias contempladas en los artículos 56, 57 y 58 de la Ley de la Carrera Docente, que van desde infracciones leves hasta faltas muy graves. Asimismo, quedan fuera quienes hayan sido sancionados por instancias como las Juntas de Protección de la Niñez y Adolescencia, tribunales especializados en violencia contra las mujeres, el Tribunal de Ética Gubernamental, o quienes cuenten con una condena penal.
El decreto excluye además a los docentes interinos que laboran en centros educativos católicos bajo el convenio suscrito con la Iglesia Católica en enero de 2015.
Durante la discusión, el diputado Francisco Lira, de Arena, anunció el respaldo de su fracción a la iniciativa al considerar que contribuye a fortalecer el sistema educativo. No obstante, solicitó sin éxito que se incorporara un dictamen recomendable para garantizar el pago de indemnizaciones a trabajadores despedidos del sector salud.
Por su parte, la diputada Elisa Rosales, de Nuevas Ideas, defendió el decreto al señalar que busca brindar estabilidad laboral al magisterio y asegurar la continuidad del proceso educativo en los centros escolares.
Nombramientos interinos según la ley
La Ley de la Carrera Docente faculta a los Consejos Directivos Escolares a proponer nombramientos interinos cuando existan plazas disponibles por cualquier causa, con una duración máxima de un año. Para obtener una plaza en propiedad, los docentes interinos deben someterse posteriormente al procedimiento de selección establecido en la normativa.
Estos consejos están integrados por el director del centro educativo, representantes de los docentes, padres de familia y estudiantes, quienes participan en la toma de decisiones relacionadas con la administración escolar.