El Ministerio de Economía presentó a la Asamblea Legislativa un proyecto de “Ley para el fomento de la expansión de las inversiones”, orientado a estimular la reinversión de empresas ya establecidas en el país mediante beneficios fiscales escalonados para ampliaciones que superen el millón de dólares.

La iniciativa plantea otorgar créditos tributarios contra el Impuesto sobre la Renta (ISR) a compañías que incrementen su capacidad productiva, incorporen nuevas líneas de negocio o desarrollen infraestructura adicional. Entre las actividades consideradas como expansión se incluyen la construcción de plantas, adquisición de maquinaria y equipo industrial, flotas de transporte, centros de investigación tecnológica o procesos logísticos.

Según la propuesta, el incentivo fiscal podrá utilizarse durante un período de hasta 10 años y variará según el monto de la inversión: un crédito equivalente al 10 % para inversiones entre $1 millón y $10 millones; del 20 % para montos superiores a $10 millones y hasta $20 millones; y del 30 % para expansiones que superen los $20 millones. Además, las empresas beneficiadas quedarían exentas del Impuesto sobre la Transferencia de Bienes Raíces por la compra de inmuebles destinados a la expansión, siempre que estos se utilicen por un mínimo de cinco años.

El proyecto delimita los sectores económicos elegibles, entre los que se encuentran textil y confección, agroindustria, alimentos y bebidas, autopartes, electrónica, plásticos, calzado, industria químico-farmacéutica, materiales de construcción, así como la fabricación de papel y derivados.

No obstante, la normativa excluye a las empresas que ya reciben incentivos fiscales bajo otros regímenes especiales o que hayan perdido beneficios por incumplimiento. También establece como requisito no tener obligaciones tributarias ni aduaneras pendientes.

En cuanto al procedimiento, las empresas interesadas deberán obtener un Acuerdo de Calificación de la Inversión de Expansión emitido por el Ministerio de Economía. La cartera de Estado contará con plazos específicos para revisar la documentación, solicitar correcciones y emitir una resolución, previa opinión del Ministerio de Hacienda.

Entre los documentos requeridos figuran la identificación del solicitante, la calificación como inversionista emitida por Invest o la Secretaría de Comercio e Inversiones, el número de registro tributario, una descripción técnica del proyecto, el cronograma de ejecución y los estados financieros auditados de la última década, además de una declaración jurada sobre la veracidad de la información.

La propuesta legislativa fue remitida a la Comisión de Tecnología, Turismo e Inversión, instancia que tiene prevista su primera revisión el martes 13 de enero.

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