Con 59 votos, los diputados de la Asamblea Legislativa superaron el veto presidencial al Decreto 620 que obliga al Gobierno a garantizar seguros de vida y capacitación para todo el personal de Salud que combate la pandemia de Covid-19.

“Es obligación del Gobierno darle al personal médico equipo de protección adecuado y capacitarlos. Se obliga al Ejecutivo a generar mecanismos para garantizar seguro de vida a trabajadores de salud y a eso el presidente de la República ha dicho que no con su veto”, declaró el diputado Carlos Reyes de ARENA.

El mandatario vetó el decreto argumentando que era “inconstitucional”, porque “existe una violación al principio de equilibrio presupuestario», ya que con ello se introducía “una obligación al Estado sin proporcionar o identificar la fuente de financiamiento, dado que la declaración establecida en el artículo 4 implica una erogación de recursos del gasto corriente sin hacer una estimación o estudio del impacto y los egresos derivados de dicha medida». 

Al ser vetado por “inconstitucionalidad” y los diputados superar dicho veto, Bukele ahora debe enviarlo a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) dentro de tres días hábiles para que ella decida si es o no constitucional, a más tardar dentro de quince días hábiles.

¿Qué dice el Decreto 620?

Se declara que el trabajo de estos profesionales de la salud es fundamental, por lo que es un bien público que debe ser protegido por el Estado.

En este sentido, obligan a proporcionar los equipos de protección necesarios para enfermedades de alta transmisibilidad como el COVID-19, recomendados por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS), quedando prohibido el uso de trajes quirúrgicos y batas verdes al momento de atender a pacientes sospechosos o con contagio comprobado de coronavirus.

Asimismo, se expresa que el Gobierno de la República está en la obligación de capacitar a los profesionales y trabajadores de la salud en el manejo de pacientes con enfermedades altamente transmisibles como el COVID-19 y en el control de las mismas. De igual forma, tendrá que garantizar que cada uno de los profesionales de la salud tenga un seguro de vida que permita la seguridad social de sus familias.

El decreto prohíbe terminantemente la atención de pacientes sospechosos o comprobados de sufrir COVID-19 por parte de un profesional o trabajador de salud que no haya sido debidamente capacitado para tal función, bajo las normas establecidas por la OMS-OPS.

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