La Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales emitió un dictamen favorable para que se reforme los artículos 261 y 263 del Código Penal, con esas modificaciones se busca castigar cárcel a toda persona que dañe o realice actos de crueldad, mutile, lesione de forma permanente o mate a un animal de compañía.

La penalidad será adjudicada a toda persona que genere lesiones graves a los animales de compañía o domesticados que menoscaben gravemente su salud o sometiere a explotación sexual. La sanción a imponer será de 2 a 4 años de prisión.

La normativa establece que las penas se aumentarán hasta en una tercera parte cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes: se hubiese utilizado armas, instrumentos, objetos, medios, métodos o formas concretamente peligrosas para la vida del animal. Cuando medie el ensañamiento, causando al animal la pérdida o la inutilidad de un sentido, órgano o miembro principal y cuando los hechos se hubieran ejecutado en presencia de un menor de edad.

Con las nuevas disposiciones, si se produce la muerte del animal, se impondrá adicionalmente la prohibición de tenencia por el mismo plazo e inhabilitación especial, en el caso de personas que ejerzan profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales.

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